Sucesión intestada

  1. solicitud debidamente firmada por cualquier interesado que tenga la condición de heredero y autorizada por abogado.
  2. dni del solicitante y herederos
  3. partida defunción de la causante autorizada
  4. partida de nacimiento de hijos actualizada
  5. partida de matrimonio de cónyuge
  6. certificado negativo de testamento emitidas por sunarp.
  7. certificado negativo de sucesión intestada del causante emitidas por sunarp.
  8. certificado negativo de unión de hecho emitidas por sunarp.
  9. en caso de ser conviviente unión de hecho inscrita en sunarp
  10. en caso el causante haya tenido como estado civil viudo, adjuntar partida de defunción del cónyuge pre muerto y/o la copia literal de la sucesión de este último.
  11. en caso el causante sea casado/a sin hijos, a efectos de descartar que concurren en la sucesión los padres del/la causante con el cónyuge supérstite, deberán presentar partidas de defunción de los padres de el/la causante (adjuntar partida de nacimiento del causante) y partida de matrimonio de estos (en caso sean casados y/o p/corroborar algún error u omisión en la partida de nacimiento).
  12. si el solicitante es el único heredero, presentar declaración jurada de ser único.
  13. en caso el causante sea un hermano y siempre que:
    a) no sea casado,
    b) no haya declarado unión de hecho,
    c) no haya tenido hijos y
    d) sus padres no le sobrevivan; se deberá adjuntar además de los requisitos indicados en los numerales: 1), 2), 6), 7), 8) y 9), la partida de nacimiento del causante, partida de defunción de los padres.
  14. según sea el caso traer declaración jurada si se trata de hijo extramatrimonial o hijo adoptivo.
  15. si el causante, no tuvo hijos, cónyuge, lo solicita sus padres herederos
  16. copia literal de bienes dejados por el causante:
    – propiedad inmueble
    – propiedad vehicular (y/o tarjeta de propiedad)

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