Compra venta

  1. Minuta firmada por las partes y autorizada por un abogado.
  2. Copia literal de la partida registral del inmueble (no mayor a 30 dias)
  3. Copia del documento de identidad de las partes (vendedor/es – comprador/es)
  4. Si son casados con separación o han reconocidos unión de hecho adjuntar copia literal de la partida electrónica del registro personal.
  5. En el caso de que alguna de las personas intervenga en representación de otra (sea natural y/o jurídica), adjuntar vigencia de poder (no mayor a 30 dias)
  6. Especificar el precio de compraventa y la forma de pago.
  7. Copia del autovalúo (HR y PU) del año de la transferencia.
  8. Copia del recibo del pago anual del impuesto predial y/o constancia de no adeudo y arbitrios hasta mes de transferencia.
  9. Pago del impuesto de alcabala, su exoneración o prescripción, según corresponda.
  10. Pago del impuesto a la renta, según corresponda.
  11. Medio de pago a utilizar (de ser el caso)

* Luego de revisada la documentación, la notaria puede solicitar información adicional

Fomentamos una atención profesional, cercana y ética, adaptada a las dinámicas actuales y a las necesidades particulares de cada usuario. Porque detrás de cada firma, hay una historia —o una visión empresarial— que merece ser respaldada con rigor y compromiso.

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