Disolución y liquidación de empresas

  • Vigencia de poder del representante, expedido no más de los 02 meses.
  • Copia literal de la empresa, expedida dentro de los 02 meses.
  • Copia simple del testimonio de constitución y sus modificatorias. (según el trámite).
  • Archivo en digital del acta.(Word).
  • Copia simple del DNI del representante legal.
  • Libro de actas – acta de junta general de accionistas donde acuerden disolver y liquidar la empresa así nombrar un liquidador.
  • Declaración jurada del gerente general al final del acta, donde certifique que las firmas de los socios que suscriben el acta, corresponde a cada uno de ellos, con firma legalizada del gerente general.
  • Publicaciones en el diario el peruano y otro de mayor circulación dentro de los 10 (diez) días de aprobado el acuerdo por 03 (tres) veces consecutivas, en donde se comunica el acuerdo de disolver y liquidar la empresa y el nombre del liquidador.

EXTINCIÓN:

  • Una vez efectuada la distribución del haber social la extinción de la sociedad se inscribe en SUNARP.
  • Solicitud dirigida a los registros públicos, suscrita por el(los) liquidador(es), con firma legalizada.
  • 01 (una) publicación por única vez en el diario el peruano y otro de mayor circulación que contenga el balance final de liquidación de la empresa suscrita por contador colegiado y por el(los) liquidador(es).

Fomentamos una atención profesional, cercana y ética, adaptada a las dinámicas actuales y a las necesidades particulares de cada usuario. Porque detrás de cada firma, hay una historia —o una visión empresarial— que merece ser respaldada con rigor y compromiso.

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